Loading Flipbook...
PORTADA
Dúnia Mira Hernández
¿CON PAPÁ O CON MAMÁ?
PAPÁ, MAMÁ, NO ME ALIENES
Manual sobre el
Síndrome de Alienación Parental (SAP)
1ª edición 2014
3ª edición revisada 2021
ISBN ePub: 978-84-16144-79-2
Impreso en España / Printed in Spain
Editado por © 2021 Dúnia Mira Hernández
Todos los derechos reservados. © 2021, Dúnia Mira Hernández (Reservados todos los derechos para la edición en
audiolibro, e-book y papel) Ningún fragmento de este texto puede ser reproducido, transmitido ni digitalizado
sin la autorización expresa del autor. La distribución de este libro a través de Internet o de cualquier otra vía sin
el permiso del autor es ilegal y perseguible por la ley. © Dúnia Mira Hernández
dvniamira@gmail.com
dvniamira.com Copyright
DEDICATORIA
DEDICATORIA A mi marido Fernando, por demostrarme lo que significa
amar en tiempos del cólera.
-2-
ÍNDICE
PRÓLOGO
CAPÍTULO I: SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL
1. Introducción
2. Caso Alex O.
3. Definición del Síndrome Alienación Parental
4. Características del perfil del alienador
CAPÍTULO II: TIPOS DE SAP
1. Tipos de Síndrome de Alienación Parental
1.1. Leve
1.2. Moderado
1.3. Severo
CAPÍTULO III: PERFILES
1. Perfiles
1.1. Perfil Psicosocial
1.2. Progenitor Alienador
1.3. Técnicas de Alienación
1.4. Síndrome de víctimas por alienación
1.5. Secuelas a largo plazo
2.Epidemiologia
CAPÍTULO IV: FACTORES
1. FACTORES
1.1. Factores explicativos
1.2. Evaluación médico y psicosocial
1.3. Informe pericial
1.4. Abordaje psico-legal del SAP
CAPÍTULO V: LEY DE PROTECCIÓN DE MALTRATO AL MENOR
1. Descripción
2. Prevención
3. Componentes culturales y contexto
3.1. Detectar el Síndrome de Alienación parental
3.2. Diagnóstico
CAPÍTULO VI: CREDIBILIDAD DE LOS TESTIMONIOS
1. Credibilidad del testimonio
1.1. Denuncias falsas
1.2. Abusos Sexuales/Negligencia
1.3. Lavado de Cerebro
1.4. Ansiedad por separación
CAPÍTULO VII: APRECIACIÓN
1. Introducción
2. Forma de maltratar social
3. Riesgos
4. Polémicas
CAPÍTULO VIII: INTERVENCIÓN
1. Prevención-Intervención
1.1. Abordajes terapéuticos i Legales
1.2. Propuesta preventiva multidisciplinar
1.3. Restructuración psicológica
CAPÍTULO IX: DEDUCCIÓN
· ANEXOS
· BIBLIOGRAFÍA
· Sobre el Autor
-3-
PRÓLOGO
Este libro tiene como objetivo principal ser una guía o manual que pueda orientar al lector sobre cómo
actuar ante una situación de divorcio con indicios de Síndrome de Alienación Parental (SAP).
Pretendo mostrar la relación existente entre problemas legales y derivaciones psicológicas en niños
que puedan verse inmersos en una separación o divorcio, y acaben sufriendo un SAP. Una de las
características significativas de las rupturas conyugales conflictivas es la dificultad para mantener
intacta la capacidad de tomar aquellas decisiones relevantes que afectan a la necesaria regulación de
las consecuencias de la separación. Cuando hay hijos, esta dificultad adquiere especial importancia en
la medida en que los padres pueden poner su responsabilidad para definir su futuro en manos del
sistema judicial.
Llevo años dedicada a los problemas de mis pacientes, enfatizando en todo lo que puede afectar a un
niño, al tratar con ellos empecé a ver casos en niños cuyos padres se divorciaban y era imposible
desvincular el
TRINOMIO
NIÑO - PADRE - MADRE
y
NIÑO - PSICOLOGÍA - JUZGADOS DE FAMILIA
Anteriormente, quienes se ocupaban de todo esto eran solo abogadas, porque era una rama del
Derecho muy feminizada, al igual que en otras profesiones, tales como las de enfermería o la asistencia
social.
En todos estos años de experiencia y de ver muchas cosas, la verdadera violencia llegó a los Tribunales
de Familia cuando, por motivo de la crisis, en el sector de la abogacía mercantil, civil y otras, se reguló
de forma anacrónica la violencia intrafamiliar, poniéndose en marcha todo un despropósito legal, cual
es la ley integral de violencia de género.
Abogados puramente litigantes se introdujeron en un mundo, el del Derecho de Familia, donde el
concepto de ganador - perdedor no existía, sino que solo era posible trabajar con un perder lo menos
posible, pero siempre se perdía. Estos abogados, y más tarde abogadas litigantes, sacaron a relucir sus
armas para ponerse a ganar pleitos. De ahí que el nivel de conflictos y de contenciosos se disparase
en los Juzgados de Familia, y mucho más a raíz de la Ley Integral.
Todo ello ha dado lugar a mayores luchas por el poder, no solo en el seno de la pareja (motivo
fundamental de la mayoría de las separaciones), sino en la lucha por el poder en la familia tras el
divorcio o separación de la pareja. Para establecer quién tiene poder en un conflicto, hay varios ítems
a tener en cuenta:
❖ - ¿Quién se queda con los niños? Y, por ende,
❖ - ¿Quién se queda con la casa? Y, por ende,
❖ - ¿Quién se queda con mayor capacidad económica (pensión)?
❖ Al final, todo nos conduce al dinero, poderoso caballero.
En el contexto contencioso de los juzgados, los niños pueden expresar sus preferencias hacia uno de
los progenitores. Sabemos que, si los padres no pueden decidir, los hijos están todavía menos
preparados para eso.
-4-
Pero la realidad es que su opinión adquiere un elevado grado de trascendencia desde el momento en
que se hace explícita en el proceso judicial. Sin saberlo, su voz puede inclinar el equilibrio de la balanza
hacia uno u otro lado, con importantes consecuencias para todos los miembros de la familia, incluidos
ellos mismos.
A veces los niños tienden a sentirse responsables de la ruptura. Si además deciden, asumen también
el peso de sus consecuencias.
Por otra parte, su opinión siempre estará mediatizada, en mayor o menor grado, por el conflicto en el
cual están inmersos y por las presiones que están recibiendo.
No es posible, por lo tanto, comprender los conflictos familiares a que nos estamos refiriendo sin
ubicarlos en el contexto legal en el cual se representan y en los cuales, en buena medida, cobran
sentido.
En este tipo de crisis, es indudable que la realidad legal daña notablemente la realidad familiar, de
manera que las diferencias en cuanto a la forma de compartir los cuidados de los hijos y de disfrutar
se convierten en pugnas por la custodia y el régimen de visitas, donde lo que se discute ni siquiera es
la forma de repartir, sino la propia pertenencia de los hijos.
No puede ser de ninguna otra forma.
En la batalla legal de la familia el término custodia se convierte en sinónimo de propiedad, y el término
régimen de visitas claramente nos habla de lo contrario.
El Código Civil español indica la necesidad de determinar «a la persona al cuidado de la cual tengan
que quedar los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de ésta y el régimen de visitas,
comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva con ellos» (art. 90).
En ningún momento se habla de compartir. En este contexto es frecuente el introducir fácilmente el
término de Síndrome de Alienación Parental, propuesto por Richard A. Gardner en 1985.
Este autor hace referencia a una alteración en la cual los hijos están preocupados en censurar, criticar
y rechazar a uno de sus progenitores, descalificación que es injustificada y/o exagerada.
El concepto descrito por Gardner incluye el componente lavado de cerebro, el cual implica que un
progenitor, sistemática y conscientemente, programa a los hijos en la descalificación hacia el otro,
pero además incluye otros factores inconscientes, mediante los cuales el progenitor enajenador
contribuye a la alienación.
Finalmente, incluye factores del propio hijo, independientes de las contribuciones parentales, que
juegan un rol importante en el desarrollo del síndrome. Poco o nada recoge sobre la participación del
progenitor enajenado.
Lo cierto es que las amplias y sucesivas descripciones ofrecidas por Gardner en sus diversos trabajos
han servido para dar progresiva consistencia a un concepto que no está exento de polémica.
La causalidad lineal con que viene definido ha generado rechazo en algunos grupos de orientación
feminista, mientras que asociaciones de padres separados han incorporado el término como un claro
argumento técnico que demuestra la manipulación y la injusticia a la que se sienten sometidos al verse
alejados de sus hijos ante la pasividad de la justicia.
No en vano, la falta de criterios técnicos o la versatilidad de los mismos, cuando hay, son algunos de
los motivos que han contribuido a generar una tendencia judicial blanda en este tipo de situaciones.
La negativa de los hijos para relacionarse con uno de sus progenitores adquiere auténtica
trascendencia en el momento en que se expresa en un juzgado y los mecanismos jurídicos y judiciales
entran en funcionamiento.
Se desencadena entonces una serie de acusaciones, búsqueda de explicaciones y acciones
encaminadas a resolver el problema que hace que la instancia judicial se convierta en parte de lo
mismo, en la medida en que adquiere la responsabilidad de garantizar o hacer cumplir una relación
paterno-filial que la dinámica familiar está impidiendo.
-5-